Re: La ley Sinde para torpes y periodistas que se la tragan doblá
Otra de las matizaciones introducidas en el nuevo texto se centra en los sitios que serán perseguidos, y e que serán las páginas “con ánimo de lucro” y que causen “daño patrimonial” las que puedan ser interrumpidas. Según el punto cuatro de la Disposición Final, “la Sección [Segunda] podrá adoptar las medidas para que se interrumpa la prestación de un servicio de la sociedad de la información o para retirar los contenidos que vulneren la propiedad intelectual por parte de un prestador con ánimo de lucro, directo o indirecto, o de quien pretenda causar un daño patrimonial”.
Oposición rotunda al nuevo texto del Gobierno
Una de las voces más contundentes contra el anteproyecto elaborado por el Ejecutivo ha sido la de Enrique Dans, ‘bloguero’ y profesor de IE Business School. De hecho, ayer en su blog publicaba un ‘post’ titulado: ‘Diez razones por las que la Disposición Final Primera del anteproyecto es una estupidez’. Entre lo más interesante de este decálogo, cabe destacar el cuarto punto que explica que con esta norma se crea “una casta de protegidos que pueden acudir a una ‘justicia express’ para solucionar sus problemas