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No funciona la web - Cuenta Facto

70 respuestas
No funciona la web - Cuenta Facto
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No funciona la web - Cuenta Facto
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#61

Re: No funciona la web - Cuenta Facto

A mi al email que les escribí el lunes 26, creo que me respondieron al fin el Jueves 29.
En su primera etapa siempre en el mismo día. Ahora a ver si se pasa esta avalancha y se normaliza el servicio de atención. Por teléfono no he logrado nunca contactar estas semanas, y lo intenté hasta la saciedad...
#62

Re: No funciona la web - Cuenta Facto

Pues ayer hice una transferencia de 1 euro para ir probando y hoy debería verse reflejada en la cuenta facto, pero no se ve nada ó sea esta a 0 patatero
#63

Re: No funciona la web - Cuenta Facto

Si es la primera, te va a tardar más, eso sí, te pondrá la fecha valor que se correspondería con lo que marca la legislación en cuanto a plazos e transferencias.
#64

Re: No funciona la web - Cuenta Facto

Sabéis si tiene limite de imposición la cuenta o han suprimido la de 6 meses (2,25%). Los tramites de alta, todo bien, realice la imposicicon minina de 5k, segun tabla de Monillo, todo bien.
Ahora no me deja realizar una nueva imposicion a 6 meses, me salta a 1 año.
Les he puesto una incidencia en la pagina como Consulta, pero no tengo respuesta. 
#65

Re: No funciona la web - Cuenta Facto

Pinchas donde pone la fecha de vencimiento, te sale el calendario y eliges la fecha que quieras de vencimiento.
#66

Re: No funciona la web - Cuenta Facto

Gracias
#67

Re: No funciona la web - Cuenta Facto

Hola!!

En su día tuve varios depósitos con ellos pero al vencimiento cancelé todo; y la cuenta también.

Ahora ¿podría darme de alta de nuevo con ellos? ¿Tendré algún impedimento por haber sido cliente antes? Me interesaría contratara el depósito a 6 meses.
#68

Re: No funciona la web - Cuenta Facto

Por lo leido en este mismo hilo del foro, 
si tuviste cuenta anteriormente, para evitar problemas, retrasos o inconvenientes,
deberias hacer el registro:
con diferente @email
diferente telefono
cuenta invidual
y datos exactos de NIF/NIE/DNI, direccion (la del documento), empresa, sector, intencion y procedencia del dinero.
Si los datos cruzados con la S.Social y otras dependencias no son exactos, congelan el ALTA.

PD: Dormiras mejor si la primera transfer (de comprobacion) es de 1€.

#69

Re: No funciona la web - Cuenta Facto

Gracias x la respuesta. 

Y cruzan datos con organismos oficiales? Desde cuándo es posible esta práctica? Primera noticia.. 
#72

Re: No funciona la web - Cuenta Facto

 
El CRS (“Common Reporting Standard”) es un sistema de intercambio automático de información tributaria entre países que permitirá a las administraciones tributarias de los países adheridos disponer de forma periódica de información fiscal de las inversiones o posiciones de sus contribuyentes en instituciones financieras situadas en el extranjero.



El intercambio internacional de información en materia financiera es un valioso instrumento para verificar, por parte de las Administraciones tributarias, el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes. Por ello, tomando como punto de partida el modelo de acuerdo intergubernamental para la mejora del cumplimiento fiscal internacional y la aplicación de la ley estadounidense de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras (FATCA), el 29 de octubre de 2014 un total de 51 países y jurisdicciones firmaron en Berlín el Acuerdo Multilateral de Autoridades Competentes sobre Intercambio Automático de Información de Cuentas Financieras.



A nivel europeo se ha aprobado la Directiva 2014/107/UE del Consejo, de 9 de diciembre de 2014, que modifica la Directiva 2011/16/UE por lo que se refiere a la obligatoriedad del intercambio automático de información en el ámbito de la fiscalidad. Y en España se ha promulgado el Real Decreto 1021/2015, de 13 de noviembre, por el que se establece la obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de determinadas cuentas financieras y de informar acerca de las mismas en el ámbito de la asistencia mutua.



Este real decreto incorpora al ordenamiento interno las normas de comunicación de información a la Administración tributaria sobre cuentas financieras y los procedimientos de diligencia debida que deben aplicar las instituciones financieras en la obtención de dicha información, para que, a su vez, la Administración tributaria pueda intercambiar la información recibida, de forma automática, con la Administración correspondiente del país o jurisdicción de residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de la cuenta financiera.



Por tanto, en virtud de la normativa anterior, BFF Bank Sucursal en España, como el resto de instituciones financieras, debe identificar la residencia de las personas que ostenten la titularidad o el control de las cuentas financieras y de informar a la Administración tributaria.



La obligación de identificar la residencia fiscal de las personas que ostenten la titularidad o el control de cuentas financieras es un paso previo y necesario para la comunicación de información, y ha de realizarse respecto de la totalidad de las cuentas financieras de la institución financiera. A diferencia de la obligación anterior, la obligación de información se limita a la personas que ostentando la titularidad o el control de cuentas financieras, sean residentes fiscales en alguno de los países o jurisdicciones con los que existe obligación de intercambiar información en el ámbito de la asistencia mutua.



Esta normativa resulta aplicable desde el 1 de enero de 2016. En consecuencia, las instituciones financieras deberán suministrar por primera vez a la Administración tributaria la información relativa al año 2016. Este primer suministro de información tendrá lugar en el año 2017.



Estas normas y procedimientos de diligencia debida afectan a las cuentas preexistentes y cuentas nuevas y a las cuentas de personas físicas y cuentas de entidades. 
Guía Básica