Si es tarifa plana al final del año, se regulariza y te devuelven dinero o pagas lo que falta cuando hagan la cuenta total , por que el pago mensual siempre es estimativo . Todo depende de la cuota que se haya pagado mensualmente. Yo por ejemplo pago 50 euros al mes de media , con lo cual los meses de verano estoy pagando un poco más de lo habitual en esa època, pero los meses de invierno pago menos de lo que pagaría normalmente. Así no tengo recibos de 30 euros en verano pero tampoco recibos de más de 100 euros en invierno que se gasta más por el tema de la calefacción. Si los inquilinos han estado los meses de verano y se van después , saldràs ganando, pero si es al revés puede que pierdas al regularizar.
Yo creo que es mejor que la luz estè a nombre de los inquilinos porque si dejan a deber algo es problema de ellos. Si està a tu nombre solo te puede servir porque en caso de que no paguen el alquiler, puedes cortar la luz para que se vayan antes (en caso de que no paguen y no se quieran ir ), aunque legalmente eso tampoco se puede hacer , lo mismo que tampoco puedes entrar en la vivienda si no pagan ( sería allanamiento de morada). Enfin que si no pagan es complicado el tema.
Aunque hay un problema , un amigo tenía un local alquilado, la luz a nombre de los inquilinos, como no pagaban Iberdorla la corta . Los inqulinos se van del local , pero mi amigo cuando va a dar la luz de alta a su nombre propio para alquilarlo a otra gente le dicen que no se puede porque primero tienen que pagar la deuda pendiente ( la que debían los inquilinos anteriores que tenían la luz a su nombre )o sea que si los ex inqulinos no pagan la deuda de Iberdrola, le va a tocar pagar al propietario la deuda de aquellos, si quiere dar de alta la luz de nuevo. El arrendador siempre tiene las de perder.