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¿Puedo comprar un piso con amigos?

¿Puedo comprar un piso con amigos?

Ya sea para invertir en vivienda destinada al alquiler como para convertirse en la primera vivienda de los propietarios, el mercado inmobiliario admite comprar un piso a medias con uno o varios amigos. El proceso es algo más complejo que una compraventa corriente, por lo que explicaremos pasos y consejos para comprar un piso con un amigo.
¿Te preguntas si puedes comprar un piso con amigos para inversión o para vivienda habitual? Sea cual sea tu intención, en ambos casos el mercado inmobiliario admite comprar un piso a medias con uno o varios amigos. No obstante, el proceso es algo más complejo que el de una compraventa corriente.

Sigue leyendo el artículo y descubre los pasos y consejos que debes tener en cuenta para comprar un piso con amigos .

Pasos y consejos para comprar un piso con amigos

Como ya hemos mencionado, no hay ningún problema en comprar un inmueble con una persona con la que no se comparta una relación de parentesco. Simplemente se estará adquiriendo un proindiviso en el que se debe determinar la participación de cada miembro: al 50% o con porcentajes distintos en función de las aportaciones de cada uno.

¿Cómo formalizar la compra del piso con amigos?

En primer lugar, es muy recomendable formalizar la compra de un piso con amigos tras crear una comunidad de bienes.

Esta es la figura ideal para esta operación de compraventa de inmuebles dado que:
Hay una comunidad de bienes cuando la propiedad de una cosa o de un derecho pertenece proindivisible entre varias personas.

Sin embargo, al construir la comunidad de bienes debes saber que estará sujeta a tributación. Por tanto, se tendrán que asumir una serie de responsabilidades y requisitos para su constitución.

Por otro lado, en lo que se refiere a la propia vivienda, habrá que firmar un contrato indicando la duración de la comunidad, aportes a la inversión, responsabilidades y, por último, la finalidad de creación de la comunidad de bienes. Esto es venta, alquiler del inmueble o primera vivienda de los comuneros.

¿Qué es una comunidad de bienes?

Una comunidad de bienes (CB) es una forma de sociedad civil que se constituye cuando dos o más personas (comuneros) deciden poner en común bienes, derechos o dinero con el fin de compartir su uso, aprovechamiento o explotación. En este tipo de entidad, cada uno de los comuneros participa en la propiedad conjunta y en los beneficios o pérdidas derivados de la actividad económica o uso de los bienes compartidos.

A continuación os mostramos cuáles son las características clave en una comunidad de bienes:
1️⃣Pluralidad de comuneros
La comunidad de bienes requiere al menos dos personas físicas o jurídicas para su constitución. Todos ellos actúan como copropietarios de los bienes aportados. 
2️⃣Aportaciones comunes
Los comuneros aportan bienes, derechos o dinero. Las aportaciones no necesariamente tienen que ser iguales en cantidad o valor, pero es esencial que todos contribuyan en alguna medida al patrimonio común.
3️⃣Propiedad en común
Los bienes que forman parte de la comunidad son copropiedad de todos los comuneros. Esto significa que ninguno de los comuneros tiene derecho exclusivo sobre ningún bien en particular, sino sobre un porcentaje de la comunidad en su conjunto. Las decisiones sobre el uso de estos bienes deben tomarse de forma conjunta, generalmente por acuerdo entre los comuneros.
4️⃣Responsabilidad ilimitada
En una comunidad de bienes, los comuneros asumen una responsabilidad ilimitada frente a terceros. Esto implica que, en caso de deudas, cada comunero responde no solo con los bienes comunes sino también con su patrimonio personal, en proporción a su participación en la comunidad.
5️⃣No requiere capital mínimo
A diferencia de otras formas societarias (como las sociedades limitadas), la comunidad de bienes no exige un capital mínimo inicial para su constitución. Esto la hace más flexible y accesible para pequeñas actividades o negocios.
6️⃣Fiscalidad
Las comunidades de bienes no son sujetos pasivos del Impuesto de Sociedades, ya que no son consideradas personas jurídicas para efectos fiscales. Los rendimientos generados por la comunidad se imputan directamente a los comuneros en función de su participación, y estos deben declarar sus ganancias en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) o el Impuesto sobre Sociedades (en caso de que uno de los comuneros sea una persona jurídica)
7️⃣Constitución
Para formalizar una comunidad de bienes no es estrictamente necesario que se realice mediante escritura pública, aunque es recomendable si se aportan bienes inmuebles o derechos reales. El acuerdo entre los comuneros debe establecer las reglas básicas sobre la administración de los bienes, la distribución de los beneficios, la responsabilidad en caso de pérdidas, y las normas para la disolución de la comunidad.
Pros
  • Es fácil de constituir, no requiere capital inicial, tiene una estructura flexible y los beneficios se distribuyen directamente entre los comuneros. 
Contras
  • La responsabilidad ilimitada puede ser un gran riesgo para los comuneros, ya que podrían verse obligados a responder con su patrimonio personal en caso de deudas o pérdidas. 

Ventajas y desventajas de tener una casa en copropiedad

Adquirir una vivienda en copropiedad tiene sus ventajas e inconvenientes. Por eso, antes de que te lances a comprar una casa con uno o varios amigos, queremos que puedas tomar una decisión informada al respecto.

✅Ventajas de tener una vivienda en copropiedad

La ventaja principal de una vivienda en copropiedad es que la hipoteca se divide entre varios pagadores. Es una gran idea cuando no se dispone de mucho capital, puesto que te permite acceder a un inmueble con mayor facilidad. Además, luego se puede utilizar como mejor os convenga. 

❌Desventajas de tener una vivienda en copropiedad 

En cuanto a los inconvenientes de tener una vivienda en copropiedad, hay que enfocarse, principalmente, en los riesgos económicos.

Por un lado, debes tener muy claro el funcionamiento de la comunidad. Especialmente, si se plantean situaciones de impagos o en el caso de que alguno de los socios quiera vender y, por ende, dejar la sociedad. En este caso, el resto de copropietarios tendría dos opciones: comprar su parte o vender de forma conjunta la propiedad.

Además, en el supuesto de que hubiera algún impago, el deudor podría reclamárselo a cualquiera de los copropietarios. Esto es muy relevante, porque uno o varios tendrían que asumir la deuda de forma solidaria y pagar también los gastos asociados de demora.

Cohousing como alternativa habitacional

No es ningún secreto que en España existe un gran problema social de acceso a vivienda. Algo que es más palpable entre los jóvenes y los colectivos vulnerables.

No obstante, también hay alternativas para que los jóvenes puedan acceder a una hipoteca para obra nueva, aunque lo de compartir casa y gastos con amigos es muy tentador.

¿Puedo utilizar el piso que compro con amigos como inversión?

A efectos de la asociación, es indiferente utilizar la vivienda como inversión de los comuneros. Los miembros de la comunidad de bienes tendrán la posibilidad de hacer uso de la cosa o derecho. Por otra parte, también se permite adquirir la vivienda con intención de reformarla y revenderla por un precio superior o bien obtener rendimientos de la inversión a través del alquiler.

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¿Qué pasa si quieres dejar de ser propietario del piso?

Una de las ventajas de la comunidad de bienes es que se puede abandonar en cualquier momento. Para ello, se deberá dividir la cosa o derecho entre los asociados o que los propios comuneros acuerden ceder su porcentaje del inmueble a otro comunero a cambio de una indemnización.

Finalmente, se tiene la opción de firmar un pacto de conservación del o los inmuebles por un determinado periodo de tiempo, que no exceda de 10 años.

Como ves, comprar un piso con amigos es muy sencillo. Especialmente porque tendrás que aportar menos capital inicial, ya que los gastos se dividirán entre todos.

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  1. en respuesta a Robinhood
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    #4
    04/04/22 21:17
    creo que una diferencia importante es que todos los comuneros son responsables del importe total de la compraventa, osea que si uno falla el resto tiene que ampliar hasta llegar al total del importe,
  2. en respuesta a Enrique Roca
    -
    #3
    04/04/22 16:11
    Se paga el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados; el tipo impositivo depende de la Comunidad Autónoma: en Madrid es el 0,75%, en Andalucía el 1,2% 
  3. Enrique Roca
    #2
    04/04/22 12:34
    ¿Cómo es la fiscalidad  en caso de que se deshaga la comundidad de bienes?.
  4. #1
    22/07/17 19:56

    No veo la ventaja de hacer una comunidad de bienes en vez de comprar cada uno en los porcentajes que pongan para la inversión.

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