¿Qué debo considerar al comprar una vivienda?
Impuestos
- Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA): Este impuesto se aplica exclusivamente a la compra de viviendas nuevas. La tasa general es del 10 % del precio de la vivienda, aunque en Canarias se aplica el IGIC, que es del 6,5 %. En el caso de viviendas de protección oficial, el IVA puede reducirse al 4 %, dependiendo de las características de la vivienda y la comunidad autónoma.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP): Si la vivienda que compras es de segunda mano, deberás pagar este impuesto. La tasa varía según la comunidad autónoma, oscilando generalmente entre el 4 % y el 10 % del precio de la propiedad.
- Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD): Este impuesto grava los documentos notariales, como la escritura pública. Aplica principalmente a viviendas nuevas y su tasa varía entre el 0,5 % y el 1,5 %, dependiendo de la comunidad autónoma.
Gastos notariales
Registro de la Propiedad
Gastos de gestoría
Tasación del inmueble
Gastos hipotecarios
- Comisión de apertura: Al formalizar una hipoteca, algunos bancos aplican una comisión por apertura, que puede ser negociable. Este costo depende de las condiciones específicas pactadas con la entidad financiera.
- Seguros vinculados: Es habitual que los bancos exijan contratar seguros de vida y hogar asociados a la hipoteca. Aunque no siempre son obligatorios, pueden ofrecer beneficios en la tasa de interés.
Otros gastos relacionados
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): Este impuesto anual depende del municipio y del valor catastral del inmueble. Aunque no es un gasto inicial, es importante considerarlo como parte de los costos recurrentes al adquirir una vivienda.
- Gastos de comunidad: Si el inmueble forma parte de una comunidad de propietarios, deberás asumir las cuotas mensuales o anuales correspondientes, que varían según los servicios comunes disponibles, como piscinas, ascensores o jardines.
¿Y qué sucede con los gastos de escritura de la propiedad?
Composición de los gastos e impuestos de una escritura de compra
- Cambio de nombre en notaría y registro de la propiedad: El trámite de la escritura de compraventa debe formalizarse ante notario y registrarse en el Registro de la Propiedad, lo que implica costos asociados.
- Vivienda nueva: El IVA (impuesto sobre el valor añadido) para la compra de una vivienda nueva sigue siendo del 10% en 2024, excepto en viviendas de protección oficial de régimen especial o promoción pública, donde es del 4%.
- Vivienda de segunda mano: En este caso, el impuesto aplicable es el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP), cuya tasa varía según la comunidad autónoma, y no necesariamente según la edad o los ingresos del comprador en términos generales. Los valores más frecuentes del ITP oscilan entre el 6% y el 10% del precio de compraventa, aunque hay reducciones para ciertos colectivos o condiciones específicas, como jóvenes menores de 32 años o familias numerosas. Es necesario especificar la Comunidad Autónoma para determinar la tasa exacta.
Por ejemplo:- En Madrid, el ITP general es del 6%.
- En Cataluña, es del 10%.
- Gestoría: Como mencionamos anteriormente, el coste de la gestoría suele estar entre 200 y 300 €, ya que ellos gestionan el pago de impuestos, los trámites con el notario y el registro de la propiedad.
Composición de los gastos e impuestos de una escritura de hipoteca
- Gastos de Notaría: Corresponde a los honorarios del notario por la formalización de la escritura pública de la hipoteca. Regulados por ley, suelen depender del importe de la hipoteca. Para una hipoteca media, puede rondar entre 500 € y 800 €.
- Registro de la Propiedad: Generalmente, entre 100 € y 200 €, dependiendo del valor del préstamo.
- Impuesto de actos jurídicos documentados (IAJD): Impuesto que grava la formalización de documentos notariales, como la escritura de hipoteca. Tipo impositivo: Varía entre el 0,5 % y el 1,5 % del importe del préstamo hipotecario, dependiendo de la comunidad autónoma.
- Gestoría: Gastos por la empresa que se encarga de realizar trámites administrativos como liquidar impuestos, registrar escrituras y gestionar el proceso. Varía entre 200 € y 400 €.
- Gastos de tasación: Descripción: Obligatorio para conocer el valor de la vivienda y establecer el límite del préstamo hipotecario. Oscila entre 300 € y 500 €.
- Comisión de apertura: Puede ser cobrada por el banco al formalizar el préstamo hipotecario. No es obligatoria y depende de la entidad financiera, por lo tanto, varía según la política del banco; algunos no la aplican, mientras que otros pueden cobrar un porcentaje del capital prestado.
- Seguros vinculados: Por ejemplo, el seguro de incendios, que es obligatorio por ley, debe cubrir daños sobre la vivienda. Por otro lado, también hay otros seguros (vida, multirriesgo, protección de pagos), suelen ser opcionales, aunque el banco puede ofrecerlos con bonificaciones en el tipo de interés.
Gastos que debo planificar para comprar la casa de mis sueños
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