La CNMV, Comisión Nacional del Mercado de Valores, advirtió de una posible prohibición de los Contratos por Diferencias, mejor conocidos como CFDs, con el principal objetivo de transmitir a los inversores los riesgos más principales de estos productos, ya que para la mayoría de traders estos derivados financieros son bastante complejos.
Concretamente esta prohibición o reducción de la venta se daría a todos aquellos productos financieros que se consideren no adecuados para los inversores. La fecha prevista seria el año 2017, gracias a la normativa del Mifid II.
Esta normativa se lleva planeando desde el pasado año, ya que durante 2013 la Comisión se dedicó a luchar contra el abuso de mercado en lo que respecta a los derivados financieros (futuros, opciones, CFDs, warrants…).
Además de todo esto durante ese año el supervisor reforzó el seguimiento de las comunicaciones sobres estos instrumentos financieros y sobretodo sobre aquellas operaciones “sospechosas”. La comisión aseguro que:
La Mifid II y el nuevo reglamento de abuso de mercado van a facilitar en el corto plazo la tarea de los supervisores europeos al dotarlos de instrumentos de investigación y de sanción más adecuados para perseguir las actuaciones abusivas".
Más supervisión para las ventas en corto
La presidenta del órgano supervisor, Elvira Rodríguez insistió en que a lo largo del año pasado la CNMV se dedicó a mejorar los procesos de supervisión de los mercados emisores y vigilar la conducta de los mercados financieros. Además recalcó que se hizo un gran esfuerzo para asegurar la correcta aplicación del reglamento europeo de ventas en corto.
Si nos centramos en un caso en concreto tenemos el de Bankia y su ampliación de capital del año pasado, ya que se en este caso se produjeron operaciones de venta irregular.
La Comisión preciso lo siguiente:
El análisis del posible incumplimiento de esta normativa en la venta de acciones de Bankia en los días previos a su ampliación de capital fue un claro ejemplo de la dificultad que supone la aplicación de esta normativa.
La CNMV ve necesaria más autonomía
Por otro lado afirmó que la tramitación de una nueva ley de tasas de la CNMV ya está iniciada y que está pendiente de una reforma normativa de carácter estructural que dote la institución de suficiente flexibilidad y de las herramientas necesarias para cumplir con la máxima eficacia el objetivo del órgano supervisor en un entorno cambiante y dinámico.
Según ha dicho la presidenta de la CNMV esta reforma:
Debe aportar el grado de autonomía que le permita cumplir adecuada y eficientemente con su papel en un sistema europeo de supervisores financieros, sin perder un ápice de responsabilidad en el ejercicio de su cometido.
Por último afirmó que el Gobierno ya ha incluido en su programa nacional de reformas la modificación del marco legal aplicable a la CNMV.
Textualmente dijo:
Me parece especialmente oportuno la decisión de clasificar esta reforma en aquellas destinadas a fomentar el crecimiento y la competitividad actual y futura.
Los CFDs y la posible prohibición
Antes que nada recordar que los CFDs son acuerdos entre un comprador y un vendedor, a través de los cuales intercambian la diferencia entre el precio actual de un activo subyacente (acciones, materias primas, índices, divisas, etc.) y el precio del mismo cuando el contrato llega a su vencimiento.
Uno de los aspectos que más tienen que tener en cuenta los inversores a la hora de operar con los CFDs es que estos instrumentos financieros son productos apalancados que ofrecen una exposición a los mercados, exigiendo además al inversor que aporte únicamente un pequeño margen o deposito del valor total de la operación.
- Los CFDs o contratos por diferencias son productos muy complejos y no son adecuados para todos los inversores y por eso hay que tener mucho cuidado con ellos, ya que no todos están en condiciones de usarlos como vía para ganar dinero.
- Por otra parte destaca que no se utilice el dinero que no se puede permitir perder ya que se puede perder una cantidad muy superior a su pago inicial.
- Finalmente aconseja utilizar estos productos financieros solo si se cumple una serie de condiciones, como pueden ser una amplia experiencia en operaciones en mercados volátiles, comprender plenamente cómo funcionan incluidos todos los riesgos y los costes que conllevan y ser consciente de que cuanto mayor sea el apalancamiento mayor será el riesgo, entre otras.
Por último concluir con el hecho de que en esas advertencias los proveedores de CFDs pueden ofrecer fondos iniciales gratuitos, regalos, descuentos en comisiones, formación, todo esto con el fin de atraer nuevos clientes. Estas prácticas no son más que estrategia de marketing que se centran en atraer clientes para especular con CFDs y además de todo esto el ESMA hace hincapié en que los estos derivados los publicitan en ocasiones entidades no autorizadas ni reguladas.